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domingo, 15 de noviembre de 2015

¿qué ocurre cuando hay una herencia sin testamento?

De sobra es conocido que, cuando una persona fallece con testamento, está relativamente claro el destino de sus bienes, dado que es el propio fallecido quien en vida ha dispuesto de ellos para su reparto posterior a su fallecimiento.

Pero una cuestión que suscita una gran problemática es, ¿qué ocurre cuando hay una herencia sin testamento?

En este caso es mucho más complicada la respuesta, dado que depende de muchos factores, los cuales analizamos a continuación.

“La herencia sin testamento es conocida como sucesión intestada o “ab intestato”, en la que se establece quién hereda y en qué proporción.”

En primer lugar, el propio Código Civil enuncia el orden que, ante herencias sin testamento, los herederos serán: los parientes del difunto (descendientes o ascendientes); el cónyuge viudo/a; y el Estado.

El reparto de bienes para los descendientes en las herencias sin testamento

En el caso de que hubiera hijos o descendientes estos ocuparan el primer lugar en el orden sucesorio.

En el caso de haber varios hijos heredaran a partes iguales.

“Nuestro Derecho no le da importancia a si estos hijos son biológicos o adoptados, ni si se han tenido dentro o fuera del matrimonio.”

Si no hay hijos, pero hay nietos, estos heredarán por derecho de representación. Es decir, en nombre de sus padres, hijos del fallecido. En este caso, en el supuesto en el que un fallecido tuviera tres hijos y uno hubiera fallecido dejando dos hijos, la herencia se dividiría en tres y la parte correspondiente al hijo fallecido a su vez se dividirá en dos para cada hijo.

El reparto de bienes para los ascendientes en las herencias sin testamento

En el caso de no haber descendientes la línea se invertiría, primando la ley a los ascendientes. De esta forma los herederos serán los padres, repartiendo la herencia a partes iguales y, en ausencia de estos, los ascendientes más próximos.
“En el caso de haber ascendientes de diferentes líneas familiares, abuelos maternos y paternos, la herencia se dividirá por mitades entre ambas líneas familiares.”

Mayor problemática, en las herencias sin testamento, es la situación de los cónyuges. Al contrario de lo que se tiende a creer, en parte por culpa de las películas americanas, el cónyuge sólo heredará en caso de herencia sin testamento, en el supuesto de que no haya descendientes o ascendientes. Obviamente en este caso solo se tienen en cuenta los cónyuges en el momento del fallecimiento.

“Los ex maridos y ex mujeres, no tendrán derecho alguno a heredar si no hay testamento, dado que no existe ningún vínculo legal en el momento del fallecimiento.”

El reparto de bienes para los hermanos del fallecido en las herencias sin testamento

Estos ocupan los últimos lugares en la lista de familiares del fallecido en una herencia sin testamento.

En caso de que no haya descendientes, ascendientes o cónyuges, el Código Civil enuncia que si no existen más que hermanos de doble vínculo (hijos de un mismo padre y madre) estos heredaran a partes iguales.
Lo mismo que ocurre si solo hay medio hermanos, pero en caso de que haya hermanos de doble vinculo y medio hermanos, los medio hermanos heredarán la mitad que los hermanos de doble vinculo.

Respecto a estos decir que los sobrinos del fallecido heredaran siempre que no haya hermanos vivos del fallecido, heredando además a partes iguales entre ellos o con la regla de la mitad si concurren hijos de hermanos e hijos de medio hermanos.
Resumen

Recapitulemos, según lo explicado en los casos de herencias sin testamento:
“Heredarán por el siguiente orden, primero los hijos (descendientes), después los padres (ascendientes), en ausencia de estos los cónyuges, y tras estos los hermanos o medio hermanos, dejando en último lugar a los sobrinos.”

El reparto de bienes a falta de todos los anteriores en las herencias sin testamento

¿Qué pasa con una herencia sin testamento, sí no hay ningún familiar vivo?

En este caso el Código Civil es claro: es el Estado, tras la correspondiente declaración judicial de heredero, quien hereda en este caso.

Según el Código Civil el Estado dividirá la herencia en tres partes.

Un tercio ira a las instituciones de beneficencia, públicas o privadas del municipio de domicilio del difunto. Otro tercio ira a las mismas instituciones, pero en el ámbito provincial y el último tercio de la herencia se destinará al pago de la deuda pública, salvo que por su importancia o características el Consejo de Ministros acuerde darles otro uso.

¿Las malas relaciones con sus familiares le impiden repartir la herencia?

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De igual modo, nos encargamos de la liquidación de los impuestos que por herencia correspondan.

Nuestros abogados especialistas en herencias le resolverán cualquier aclaración relacionada con la forma de repartir los bienes en una herencia sin testamento.