El Tribunal Constitucional ha anulado, por unanimidad, la amnistía fiscal al considerar que el decreto por el que se aprobó es inconstitucional. El pleno del tribunal ha admitido así el recurso que sostenía que la amnistía, vulneraba el principio de igualdad. Sin embargo, la anulación se ha producido porque, según el propio Constitucional, la norma prohíbe el uso del decreto-ley cuando las medidas aprobadas afecten “de forma relevante o sustancial” a los deberes consagrados en la Constitución, como es el caso del “deber constitucional de ‘todos’ de contribuir al sostenimiento de los gastos públicos”.
Para preservar la seguridad jurídica, los magistrados han decidido, sin embargo, avalar las regularizaciones que se han realizado desde entonces, no siendo susceptible de ser revisadas como consecuencia de la nulidad", señala la propia sentencia.
La amnistía permitió regularizar la situación tributaria de las personas físicas y jurídicas que no habían declarado a la Hacienda Pública todos sus ingresos. El tribunal sostiene que el cumplimiento del déficit no puede justificar la adopción de la amnistía. "Sería un requisito necesario pero en ningún caso suficiente", indica la sentencia.
AsesPyme otra forma de hacer las cosas.
Publicado hoy 08-06 en El País.