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martes, 9 de diciembre de 2014

Modificado el modelo 190 de declaración anual de retenciones e ingresos a cuenta

El modelo 190 modifica su regulación contenida en la Orden EHA/3127/2009, de 10 de noviembre, por la que se aprobó el modelo 190, concretamente el anexo II “diseños físicos y lógicos a los que deben ajustarse los soportes directamente legibles por ordenador”, para adaptarla al nuevo porcentaje de retenciones e ingresos a cuenta, introducido por el Real Decreto-ley 8/2014, de 4 de julio y posteriormente por la Ley 8/2014, de 15 de octubre, sobre los rendimientos derivados de actividades profesionales será el 15 por ciento, cuando el volumen de rendimientos íntegros de tales actividades correspondiente al ejercicio inmediato anterior sea inferior a 15.000 euros y represente más del 75 por ciento de la suma de los rendimientos íntegros de actividades económicas y del trabajo obtenidos por el contribuyente en dicho ejercicio.

                Este nuevo porcentaje conlleva la adaptación del modelo 190, introduciendo una nueva subclave dentro de la clave “G” para permitir a los obligados tributarios a identificar los supuestos en los que sea de aplicación el porcentaje del 15 por ciento.

                Además, se introduce una nueva subclave a consignar en los supuestos en que se cumplimente la clave “E”, con la finalidad de permitir que en los casos en que se satisfagan retribuciones a los consejeros y administradores que no posean el control de una sociedad, cuando el desempeño de su cargo conlleve la realización de las funciones de dirección y gerencia de la sociedad retribuidas, puedan consignar en el modelo 190 las cotizaciones al régimen general de la Seguridad Social como asimilados a trabajadores por cuenta ajena.


                Por último, las modificaciones efectuadas respecto al modelo 190 serán de aplicación por primera vez para la presentación de la declaración-resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta del ejercicio 2014.