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jueves, 2 de abril de 2015

Resolución de 9 de marzo de 2015 Directrices del Plan Anual de Control Tributario 2015


En BOE de 11 de marzo se ha publicado la Resolución de 9 de marzo de 2015, de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, con las directrices generales del citado Plan General de Control Tributario y Aduanero de 2015, con desarrollo de actuaciones en torno a tres grandes ámbitos:
  • Comprobación e investigación del fraude tributario y aduanero.
  • Control del fraude en fase recaudatoria.
  • Colaboración entre la Agencia Tributaria y las Administraciones tributarias de las Comunidades Autónomas.
Las principales medidas y actuaciones que se van a acometer en este ejercicio 2015, son las siguientes:

Reforzamiento de las actuaciones de prevención y control consistentes en la obtención de información que permitan la detección precoz de actividades ocultas y potenciación de las actuaciones presenciales en aquellos sectores en los que se aprecie una especial percepción social sobre la existencia de elevados niveles de economía sumergida.
  • Desarrollo de actuaciones de instrucción y resolución de acuerdos previos de valoración de operaciones entre personas y entidades vinculadas, que puedan ser solicitados por los contribuyentes y admitidos por la Administración, como instrumento de prevención del fraude, aumento de la seguridad jurídica y reducción de litigiosidad futura.
  • Las actividades profesionales continuarán siendo objeto de especial seguimiento, y el análisis y selección de contribuyentes a partir de signos externos de riqueza en los supuestos en que dichos signos no son acordes con su historial de declaraciones de renta y patrimonio y se examinará también la aplicación de la limitación de pagos en efectivo.
  • Control en las tramas de fraude del IVA en operaciones intracomunitarias, junto con el control sobre los depósitos fiscales y depósitos distintos de los aduaneros para evitar la utilización de estos regímenes con fines de elusión fiscal.
  • Intercambios de información sobre los datos censales más relevantes de los obligados tributarios a través del Censo Único Compartido, base de datos consolidada de información censal obtenida por las Administraciones tributarias autonómicas y estatal. La Agencia Tributaria proporcionará a las Administraciones tributarias autonómicas acceso a la información sobre los impuestos cedidos que sea necesaria para su adecuada gestión tributaria.
  • Control global de deducciones sobre el tramo autonómico del IRPF aprobadas por las diferentes CCAA, utilizando la información remitida por éstas en materia de discapacidad y familia numerosa; del cumplimiento de los requisitos para disfrutar de determinados beneficios fiscales en el ISD -mediante la comprobación de la principal fuente de renta- y del cumplimiento de los requisitos para la aplicación del régimen fiscal de las cooperativas.
  • Control de operaciones inmobiliarias significativas al objeto de determinar su tributación por IVA o, alternativamente, por ITP y AJD, en su modalidad de transmisiones patrimoniales.
  • Control sobre la utilización improcedente de sociedades que canalicen rentas de personas físicas con el único objeto de reducir la tributación de la persona física por la diferencia de tipos o que incorporen gastos personales no relacionados con la actividad.
Como novedad para este ejercicio 2015 destacar las siguientes medidas y actuaciones a acometer por parte de la Agencia Tributaria:
  • Para garantizar una mayor efectividad de la acción inspectora, se planificarán actuaciones selectivas coordinadas a nivel nacional para combatir actividades fraudulentas relacionadas con el software de doble uso que se complementarán con acciones tendentes a realizar comprobaciones inspectoras convencionales y a efectuar verificaciones formales en determinados sectores, contribuyendo así a la creación de conciencia entre los obligados de la necesidad de desechar esas prácticas. Estas actuaciones se realizarán especialmente en sectores económicos que realizan ventas directas a consumidores finales, por las mayores dificultades de contraste que tradicionalmente han tenido estas actividades.
  • Actuaciones de investigación sobre patrimonios deslocalizados, a través de la investigación de patrimonios en el exterior, explotando para ello la información suministrada por los diferentes países y jurisdicciones y la información derivada del Plan Nacional de Captación de Información sobre el consumo realizado con tarjetas de crédito/débito emitidas con cargo a cuentas abiertas en el exterior de entidades financieras no residentes. Asimismo, se investigarán a contribuyentes que no hubieran presentado el modelo 720 y que existan indicios de que están ocultando bienes y a aquellos que habiendo presentado el modelo existan indicios que pongan de manifiesto la falta de consistencia de los bienes y derechos incluidos en la referida declaración.
  • Control sobre aquellos fabricantes o prestadores de servicios que comercialicen sus bienes o servicios a través de Internet para garantizar la adecuada tributación en España de las rentas generadas en la actividad económica, captando para ello indicios de éxito de las páginas de comercio electrónico y utilizando técnicas de análisis de las redes sociales.