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La respuesta es sí. La legislación actual contempla la posibilidad de reducir el tipo de retención para aquellos empleados que aplican la deducción por inversión en vivienda y ganan menos de 33.007,2 euros anuales. Si se cumplen ambas condiciones, el asalariado puede solicitar antes del primero de enero de cada año a su empresa que le rebaje en dos puntos la retención del IRPF que sufre mensualmente en su nómina.
No se trata de una rebaja fiscal. El beneficio tributario consiste en que el contribuyente aumenta su salario neto y cuando le toque presentar la declaración de la renta al ejercicio siguiente tendrá derecho a una menor devolución o le saldrá a pagar. En cualquier caso, en una situación en que muchas familias tienen problemas para llegar a fin de mes, la posibilidad de reducir el porcentaje de retención de la nómina supone una fuente de liquidez adicional.
Por ejemplo, un contribuyente soltero y sin hijos con un sueldo anual de 33.000 euros, sufre una retención del 19% en su nómina y su salario neto asciende a 2.053 euros mensuales en doce pagas. Si tiene derecho a acogerse al beneficio fiscal, el tipo de retención en el IRPF se reduce al 17% y su sueldo mensual aumenta a 2.108 euros. Es decir, 55 euros más cada mes y 660 euros adicionales al año.
Todos los asalariados que cumplan los requisitos pueden pedir a su empresa que les aplique esta rebaja de dos puntos en las retenciones mensuales y no cabe la posibilidad de una negativa. Para ello, basta descargarse de la página web de la Agencia Tributaria el formulario 145 –también se puede obtener en CincoDías.com–, indicar que actualmente se aplica la deducción por inversión en vivienda habitual y entregar el documento a la empresa antes del 1 de enero para que tenga efectos el próximo año. Obviamente, esta opción no existe para aquellos que compraron su casa habitual después de diciembre de 2012, momento a partir del cual el Gobierno suprimió la deducción por inversión en vivienda, el beneficio fiscal más relevante del IRPF.
Todos los asalariados que cumplan los requisitos pueden pedir a su empresa que les aplique esta rebaja de dos puntos en las retenciones mensuales y no cabe la posibilidad de una negativa. Para ello, basta descargarse de la página web de la Agencia Tributaria el formulario 145 –también se puede obtener en CincoDías.com–, indicar que actualmente se aplica la deducción por inversión en vivienda habitual y entregar el documento a la empresa antes del 1 de enero para que tenga efectos el próximo año. Obviamente, esta opción no existe para aquellos que compraron su casa habitual después de diciembre de 2012, momento a partir del cual el Gobierno suprimió la deducción por inversión en vivienda, el beneficio fiscal más relevante del IRPF.
Actualmente, 5,2 millones de personas tienen derecho a esta deducción, que permite desgravar el 15% del dinero destinado a pagar la vivienda habitual con un límite de 9.030 euros anuales. El coste para las arcas públicas supera los 4.000 millones de euros. Muchos expertos aseguran que este beneficio fiscal tiene cierta responsabilidad en la burbuja inmobiliaria. De hecho, históricamente, el sistema tributario siempre ha premiado la compra de vivienda frente al alquiler.
Reclamar la rebaja de dos puntos en las retenciones no tiene ningún coste para las empresas. El dinero que paga de más al trabajador deja de ingresarse en la Agencia Tributaria. Puede existir un mínimo handicap financiero para las pymes en la medida en que declaran las retenciones trimestralmente y no mensualmente como las grandes empresas.