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viernes, 24 de octubre de 2014

Normas tributarias previstas en el Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2015


Si bien estamos pendientes de la tramitación y aprobación de la reforma fiscal, no por ello merece prestar menor atención a las medidas tributarias previstas de aprobación vía Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2015.
  • En el Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2015 (publicado el 02 de octubre de 2014 en el Boletín de las Cortes Generales), se recogen las siguientes medidas a destacar:

  • En materia del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, se regula para Renta de 2014, la compensación por la pérdida de beneficios fiscales que afecta a algunos contribuyentes (perceptores de determinados rendimientos del capital mobiliario con período de generación superior a dos años en 2014 respecto a los establecidos en la normativa del IRPF vigente hasta 31 de diciembre de 2006).

  • Se prorroga para el año 2015 el Impuesto sobre el Patrimonio.

  • En el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados se actualiza la escala que grava la transmisión y rehabilitación de grandezas y títulos nobiliarios al 1 por ciento. Además, para los fondos de capital riesgo se establece la exención de todas las operaciones sujetas a gravamen en la modalidad de operaciones societarias, para equiparar su tratamiento al de los fondos de titulización hipotecaria y los fondos de titulización de activos financieros.

  • Por lo que se refiere a las tasas, se actualizan, con carácter general, al 1% los tipos de cuantía fija de las tasas de la Hacienda estatal, excepto las que se hayan creado o actualizado específicamente por normas dictadas en el año 2014. Se mantienen la cuantía de la tasa de regularización catastral y los tipos y cuantías fijas establecidas para las tasas que gravan los juegos de suerte, envite o azar, en los importes exigibles durante 2014.

  • En materia catastral, se establecen diferentes coeficientes en función del año de entrada en vigor de los valores catastrales resultantes de un procedimiento de valoración colectiva, que serán aplicados a aquellos municipios que han acreditado el cumplimiento de los requisitos legalmente establecidos y que están incluidos en la Orden Ministerial HAP/1750/2014, de 29 de septiembre.

  • Interés de demora tributario e interés legal del dinero: Se fijan hasta el 31 de diciembre de 2015 el interés legal del dinero en el 3,5% y el interés de demora en el 4,375%.

  • Indicador público de renta de efectos múltiples (IPREM): mantiene las mismas cuantías fijadas para el año 2014 y que son las siguientes: a) diario, 17,75 euros, b) mensual, 532,51 euros, c) anual, 6.390,13 euros, y d) en los supuestos en que la referencia al SMI ha sido sustituida por la referencia al IPREM será de 7.455,14 euros cuando las normas se refieran al Salario Mínimo Interprofesional (SMI) en cómputo anual, salvo que excluyeran expresamente las pagas extraordinarias; en este caso, la cuantía será de 6.390,13 euros.
Os informaremos de la aprobación definitiva de éstas y otras medidas vía Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2015.