Gestión Romar
lleva un control de fechas, para cumplir lo que marca la Legislación y Ley de IVA,
el Código de Comercio y la AEAT en cuanto a la emisión de facturas y forma de
realizar los asientos en los libros oficiales, diario, Mayor y registros de IVA.
Entendemos Hacienda controla online
sin ver un documento, RomarVirtual igualmente sin ver un documento debemos
controlar que tanto los libros de diario, de Mayor y registros sean correctos
con el origen del documento en este caso factura que no vemos.
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Ejemplo: recibimos una compra de 560
euros, fecha factura 07 de marzo y la registramos en nuestros libros el 30 de
marzo (fecha registro) en los libros aparece con asiento 640.
Pues bien supongamos que un cliente
de Romar efectúa una factura de ventas sin el programa de GESTIÓN, con fecha 30
de marzo, entrega al cliente la factura y la cobra, y no la asienta en su día
de entrega.
En contabilidad la asienta con fecha
de factura 01 de abril y de registro uno de abril, no son fechas reales, ni Hacienda
ni Romar vemos la factura física por lo que no detectamos que el documento está
asentado en la fecha de emisión.
El cliente como es natural, la declararía
en su fecha de factura, es decir en el primer trimestre del ejercicio, sin embargo en Romar genera el
impuesto y la declara claro está en el
segundo trimestre del ejercicio, fecha de registro del asiento.
Esto daría una incongruencia al
cruzar los datos del cliente con los declarados por Romar, por lo que el
ordenador de la Administración enviaría
una comprobación e inspección de IVA dentro del plazo de los cuatro ejercicios
siguientes por incoherencia en los datos. Llegando a sancionar.
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Pero en este segundo ejemplo si la
asentamos con fecha de factura 15 de marzo y fecha registro 15 de marzo nos generaría
un asiento con numero asiento superior al realizarse posterior a la compra que
anteriormente comentábamos de 560 euros con asiento 640, por ejemplo nos daría
asiento 987, ¿cómo es posible una factura de compras se registra el 30 de marzo
con asiento 640 y una venta que es anterior, es decir el 15 de marzo se
registre con asiento 987? esto explica que no se está realizando los asientos
de ventas conforme a Ley PLAZO PARA LA EMISIÓN DE LAS FACTURAS. (Artículo 11 RD
1.619/12) Sí el destinatario es
particular en el momento de la operación.
Por ese motivo desde Gestión se asienta
las facturas e imprime con la fecha real, no pudiendo generar una factura con
fecha atrasada ni con fecha adelantada.
Por todo ello Romar ha realizado un gran
esfuerzo de trabajo y económico para tener una aplicación única en entorno web
capaz de facturar, desde cualquier sitio, guardar los documentos en nuestro
servidor, con los consiguientes protocolos de seguridad, mantenimiento y
protección de datos y realizar los asientos y cobros de las facturas de ventas automáticamente
desde cualquier PC o Smartphone teniendo
una atención desde Dirección en ofrecer este servicio gratuito a los clientes
existentes en la actualidad en este ejercicio.